Estos son algunos de los principales cambios que establece la Nueva Ley de Copropiedad 21.442
La Nueva Ley de Copropiedad 21.442 en su art. 100 señala que las comunidades que se hubieren acogido a la ley N° 19.537 se regirán por la presente ley desde su publicación, debiendo ajustarse los reglamentos de copropiedad a sus disposiciones en el plazo de un año.
Éstos son algunos de los principales cambios que trae consigo la nueva normativa:
Los administradores deben cumplir con requisitos e inscribirse en el Registro Nacional de Administradores. Además, se establecen sanciones para los que infrinjan la ley.
Se inserta el concepto de obligaciones económicas, tales como, gastos comunes ordinarios y extraordinarios, del fondo común de reserva o del operacional inicial, multas, intereses, primas de seguros u otros.
Se podrá acordar la participación en las asambleas de manera virtual, a través de videoconferencias o por otros medios de comunicación telemáticos similares.
No se podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades.
Participación de residentes (copropietario, arrendatario u ocupante de la unidad) en las asambleas, modificándose el mínimo de quórum requerido.
Se establecen plazos para el Administrador para rendir cuenta ante el Comité de Administración, Asamblea Ordinaria, término de su periodo y observaciones.
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