La cobranza judicial según la Ley 21.442
La morosidad en el pago de gastos comunes puede generar tensiones en un condominio y, en casos extremos, derivar en un proceso judicial. Sin embargo, existen herramientas legales y preventivas para evitar llegar a este punto.
¿Cómo funciona la cobranza judicial según la Ley de Copropiedad 21.442?
La cobranza judicial se inicia cuando el condominio no logra recuperar los montos adeudados, tras agotar otras vías de cobro. Antes de proceder, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la Ley 21.442:
Si después de estos pasos el copropietario no regulariza su deuda en un plazo de 15 días, se procede con la cobranza judicial. Es importante destacar que cumplir con estos requisitos no garantiza un fallo a favor del condominio en el tribunal.
¿Cómo evitar la cobranza judicial?
Para evitar tensiones y procesos judiciales, es recomendable implementar medidas preventivas, como el Convenio de Pago. Según el artículo 6 de la Ley 21.442, los administradores pueden establecer acuerdos de pago con los copropietarios morosos, previa aprobación del comité de administración. Estos convenios permiten pagar la deuda en cuotas, con la condición de que la primera cuota se pague al momento de la firma, para celebrar estos convenios el comité de administración debe haber autorizado su activación. Mientras se respeten los términos del convenio, el copropietario será considerado al día.
Además, es clave que en el Reglamento de Copropiedad se estipulen sanciones por retrasos y se incentiven los pagos anticipados, siempre con la aprobación del comité de administración.
Mantén al día tu reglamento
La prevención de la morosidad requiere una gestión proactiva. Un Reglamento de Copropiedad actualizado y en cumplimiento con la Ley 21.442 es fundamental para evitar recurrir a la cobranza judicial. Con Actualiza Tu Reglamento, te ayudamos a optimizar la administración de tu condominio y a gestionar cobros y convenios de forma eficiente, conforme a la normativa vigente.